viernes, 22 de julio de 2011

Apostasía



Red de blogs Ateos







Quito, agosto de 2011

Sr.

Fausto Trávez T.

Arzobispo de la Arquidiócesis de Quito

Yo, José Rafael Núñez Herrera, en pleno uso de mis facultades y derechos, de forma libre y voluntaria comparezco ante usted con la siguiente petición:

PRIMERO.- Mis nombres completos son los que dejo arriba indicados, portador de la Cédula de Ciudadanía No 1714640321, mayor de edad, de nacionalidad ecuatoriana, nacido el 8 de septiembre de 1987 en Quito.

SEGUNDO.- Que al haber recibido el bautismo en el seno de la Iglesia Católica, durante mi infancia, por una decisión familiar unilateral mediante la cual se transgredió la garantía constitucional a la libertad ideológica, de pensamiento y de culto, además del más elemental respeto a la propia decisión y voluntad personal; y, así mismo, al haber sido obligado a formar parte de un núcleo de creencias sin haber tenido previamente la posibilidad de reflexionarlas y racionalizarlas por no contar evidentemente con la formación e información necesaria, comparezco para manifestar inicialmente mi rechazo y objeción, puesto que la falta de voluntad activa y consciente del compareciente al haber recibido el referido sacramento, adolece de nulidad de pleno derecho, dentro de los efectos eclesiásticos y civiles, más aún si consideramos que la Iglesia Católica, como persona jurídica de derecho privado, no puede vulnerar los derechos civiles y constitucionales de todos los ciudadanos.

TERCERO.- Que a través de la presente declaración, y haciendo ejercicio de mi derecho, de mi capacidad de juicio liberal y democrático, deseo expresar mi desacuerdo total con la doctrina de la Iglesia Católica.

Que mi petición se encuentra amparada y reconocida expresamente en el Art. 66 numeral 8 de la Constitución de la República, la cual ninguna entidad privada o pública puede menoscabar y transgredir.

Por todo lo expuesto y rechazando precisamente la fé católica, me considero incurso en apostasía en los términos previstos en el canon 751 del Código de Derecho Canónico y resaltado en la circular 10279/2006 firmada por Julian Card como presidente del Consejo para los Textos Legislativos del Vaticano sobre el Actus Formalis Defectionis Ab Ecclesia Catholica, la cual adjunto a este documento, señaladamente solicito:

1. Que todos los datos relativos a la filiación personal y circunstancias de quien comparece sean eliminados a todos los efectos de cualquier apunte registral, estadístico o de cualquier otra naturaleza; y, particularmente de los registros de bautizados que mantiene la iglesia católica.

2. Se instruya todas las disposiciones necesarias y oportunas, para que se haga constar mi solicitud de Apostasía y la negativa a que los datos personales facilitados cuando se me bautizó sean utilizados sin mi consentimiento expreso de cualquier manera por nada ni nadie perteneciente directa o indirectamente a su colectivo religioso.

3. Se traslade este documento al responsable de su iglesia en la parroquia de La Pradera en la provincia de Loja, ciudad Loja, lugar en donde debe aparecer mi constancia del bautismo de quien suscribe cuya fecha de nacimiento fue el 8 de septiembre de 1987.

4. Se sirva notificarme de forma íntegra y oportuna acerca de todas las medidas, providencias, misivas, resoluciones y cualquier documento que se emita a fin cumplir efectivamente con mi petición.

Considero que la abolición de la citada norma en 2009 es una violación expresa de los derechos de los librepensadores para separarse de lo que considero una institución abominable manchada de la sangre de gentes de todos los tiempos. Considéreseme excluido de su catolicismo o incurso en causal de excomunión, como a tantos grandes hombres y mujeres racionales.

Las notificaciones que me correspondan las recibiré en:

Correo Electrónico: ateosecuador@hotmail.com

Atentamente,

Rafael Núñez Herrera

C.C 1714640321

miércoles, 13 de julio de 2011

El sombrío ejercicio de la iglesia...

Hola a todos, aquí pongo a consideración un artículo publicado en este 2011 sobre las "prácticas" que siguen ejerciendo los representantes de la iglesia católica, del cual se puede resaltar, que la institución religiosa, pese a tener conocimiento de las faltas "graves" de sus delegados mantienen hermetismo y negligencia ante una crisis de años... Esperamos sus comentarios.










Cardenal Justin Rigali, Archidiócesis de Filadelfia, Pensilvania, Estados Unidos de América


La Archidiócesis de Filadelfia suspende a veintiún sacerdotes por alegado abuso sexual.
“Encubrimiento durante décadas”
Viernes, 11 de marzo de 2011

“El Cardenal Justin Rigali anunció el martes que la Archidiócesis de Filadelfia está suspendiendo, administrativamente, a veintiún sacerdotes de sus posiciones después de darse a conocer el informe de un gran jurado al efecto de que existen reclamaciones creíbles de haber abusado los sacerdotes sexualmente de menores. El reporte, publicado el 10 de febrero (2011), acusa a la Archidiócesis de encubrimiento durante décadas.
Según el gran jurado, al menos treinta y siete sacerdotes habían continuado el ejercicio de sus responsabilidades en la presencia de niños pese a ‘evidencia sustancial contra ellos de abuso’. ‘Comprendemos que acusaciones no constituyen prueba’, dice el informe, ‘simplemente no podemos comprender la aparente ausencia de un sentido de urgencia de parte de la Archidiócesis’. El gran jurado dijo haber visto los archivos sobre tan solo veinte sacerdotes, y que, tratándose de aquellos casos, la Archidiócesis desestimó alegaciones de abuso, meritorias de ser creídas, por razones triviales tales como: que la víctima no podía recordar en qué año el sacerdote oficiaba o el plan exacto de la rectoría.
Respondiendo al informe, en su declaración inicial el Cardenal negó que hubiese sacerdotes activos ‘que tuvieran contra ellos alguna alegación, ya reconocida o establecida, de abuso sexual contra un menor’. Más sin embargo, días más tarde, empleó a un ex procurador de crímenes sexuales a revisar los archivos personales de los que fueron nombrados en el reporte del gran jurado.
La declaración de ayer sobre relevar a los veintiún sacerdotes fue dada más de dos semanas después de que el gran jurado publicara su informe. Pidiendo perdón el Cardenal Rigali por el comportamiento de sacerdotes pedófilos, dijo que las suspensiones eran medidas temporales en lo que se completaran investigaciones exhaustivas.
La suspensión en masa por abuso sexual es notable por ser una de las más grandes durante la historia de la Iglesia Católica Romana en Estados Unidos de América. La reacción lenta de la Archidiócesis de Filadelfia a las alegaciones de abuso sexual contraviene la Carta para la protección de niños y adolescentes, emitida en 2004 por la Conferencia Nacional de Obispos Católicos, la cual dice que cualquier sacerdote denunciado por alegaciones creíbles debería ser removido inmediatamente, efectuándose acto seguido una investigación.
Hace casi una década, aparecieron alegaciones por abuso sexual contra algunos sacerdotes. En un reporte dado a conocer en 2005, un gran jurado detalló casos numerosos de alegaciones por abuso, algunas hechas hacía décadas, inculpando a sacerdotes en Filadelfia y los esfuerzos hechos por sus superiores de encubrir evidencia. El gran jurado convocado en 2011 halló que el panel formado por la Archidiócesis para tratar las quejas hechas en el reporte de 2005, protegió primariamente a la iglesia en vez de a las víctimas.
David Clohessy, director de la Red de Sobrevivientes de los que han sido abusados por Sacerdotes”, un grupo de apoyo para los sobrevivientes y sus abogados, dijo: ‘Muchas de las víctimas y muchos católicos en Filadelfia se quedan ponderando cuán efectivas sean las llamadas reformas de los obispos, a la luz de haber permanecido en sus ministerios durante años docenas y docenas de sacerdotes contra quienes ha habido acusaciones creíbles’.”

 Fuente: editoriallapaz.org